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Pedir información sobre cualquier tema que sea de tu interés es una costumbre muy sana. ¡El saber no ocupa lugar! Pero, cuando se trata de pedir información sobre tu hipoteca, es un derecho para ti, una obligación para la entidad financiera y una costumbre sana e inteligente.

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La nueva ley hipotecaria persigue, entre otros, los objetivos de transparencia y seguridad jurídica en torno a los créditos hipotecarios. Y esto lo hace mediante una regulación exhaustiva de qué información y documentación debe facilitarte el banco que hayas escogido para pedir hipoteca.

 

 

¿Qué información sobre tu hipoteca tiene que darte el banco?

La entidad bancaria está obligada por ley a darte información sobre tu hipoteca antes de que firmes el contrato¡Recalco el antes!

Nunca firmes un contrato de préstamo hipotecario sin haberte leído antes la Ficha Europea de Información Normalizada que contiene toda la información sobre tu hipoteca. ¡Recuerda! El banco está obligado por ley a entregártela antes de que firmes tu contrato hipotecario.  Así lo establece la nueva ley hipotecaria, dedicándole incluso un Anexo entero.

El procedimiento es muy sencillo: cuando vas al banco a pedir una hipoteca, éste te solicita una serie de documentación para valorar tu solvencia. Una vez que el banco ha comprobado que eres un cliente solvente, estará feliz de concederte el préstamo hipotecario que le hayas solicitado. ¡Y aquí es donde entra la nueva regulación legal en torno a la información sobre los créditos hipotecarios de la nueva ley hipotecaria!

Antes de firmar un contrato, asegúrate de que el banco te hace entrega de la Ficha Europea de Información Normalizada con toda la información de tu préstamo hipotecario. Y también de que te lo explica todo de manera clara. No obstante, recuerda que otra novedad de la nueva ley es que deberás visitar de manera obligatoria y gratuita al notario. La finalidad de esta primera visita al notario es asegurarse de que has entendido perfectamente las responsabilidades económicas que vas a asumir cuando firmes el contrato hipotecario.

¿Con cuánta antelación debe facilitarte el banco la información?

Deberás recibir la información sobre tu préstamo hipotecario como mucho diez días antes de que lo firmes.

En concreto, la nueva ley hipotecaria establece “con suficiente antelación”. Pero pone un límite máximo a esta antelación. En concreto, diez días naturales antes de la fecha prevista para que acudas por segunda vez al notario a firmar el contrato de tu préstamo hipotecario, firmarlo y elevarlo a escritura pública. 

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¿Qué información aparece en la Ficha Europea de Información Normalizada?

El contenido de la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) que deberá entregarte tu entidad prestamista está regulado de manera taxativa también por ley. Es decir, tiene que incluir obligatoriamente la información que establece la ley.

Además, la ley también obliga a la entidad prestamista a que te haga entrega de esta información general de manera clara y comprensible.  Puede hacerlo en soporte papel, soporte electrónico o cualquier otro soporte duradero.  

A grandes rasgos, ésta es la información que debe contener (puedes encontrar esta información detallada en el artículo 9 y en el Anexo 1 de la nueva ley hipotecaria):

  • Los datos de la entidad de crédito y, en su caso, del intermediario financiero.
  • Las características principales del préstamo hipotecario.
  • El tipo de interés y otros gastos.
  • El número de pagos y su periodicidad.
  • La tabla de amortizaciones de los pagos.
  • Las vinculaciones y otros costes.
  • El procedimiento y las condiciones del reembolso anticipado, en caso de que lo hubiera.
  • Los elementos de flexibilidad como, por ejemplo, el derecho de subrogación.
  • El departamento de atención al cliente creado al efecto para posibles reclamaciones.
  • Los datos de contacto del Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
  • Los supuestos de incumplimiento de los compromisos vinculados al préstamo hipotecario y sus consecuencias para el cliente.
  • La información adicional, entre la que debe figurar la legislación aplicable para establecer las relaciones con el cliente.
  • Los riesgos y advertencias.
  • Indicar quién es la Autoridad Supervisora.

El consejo de mamá

Primero, exigir al banco que te proporcione la información sobre tu hipoteca. También que te leas todos mis contenidos con información sobre hipotecas. Están escritos de una manera clara, sencilla y fácil de entender. Son gratuitos y los puedes encontrar en la Asesoría Gratuita de LACOOOP. En ella, la información está indexada y es muy fácil de localizar. En concreto, toda la información relacionada con los préstamos hipotecarios está incluida dentro del apartado “Hipotecas”.

Una madre siempre se preocupa por el bienestar de sus hijos. En el caso de lamadredelascooperativas, además de preocuparme, me ocupo de proporcionarte las mejores herramientas. De esta manera, tendrás todos los conocimientos necesarios para que puedas valerte por ti mismo.

¿Qué pasa con las comisiones cuando amortizas tu hipoteca de manera anticipada? QUIERO SABER MÁS.


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