Si te estás preguntando cuáles son los Requisitos para Acceder a una Vivienda Protegida, lamadredelascooperativas te ayuda.
Antes de nada, debes saber que – en España – las Comunidades Autónomas tienen competencia exclusiva en materia de vivienda. Esto implica que la primera legislación que debe aplicarse en la materia es la que emana de los respectivos territorios autonómicos.
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No obstante, el Estado acaba incidiendo de algún modo u otro en la materia. De manera que, en determinados ámbitos de la política de viviendas, se puede hablar de competencias concurrentes.
En concreto, en el régimen jurídico de la vivienda protegida se deben considerar tanto normas estatales como normas autonómicas.
Los requisitos para acceder a una vivienda protegida varían en cada Autonomía
Los Requisitos para Acceder a una Vivienda Protegida serán establecidos por las diferentes Comunidades Autónomas. Además, variarán en función de muchos factores. Como, por ejemplo, el tipo de protección que tenga la vivienda o el municipio donde se encuentre. También de la legislación en vigor en el momento en el que la vivienda obtenga la calificación provisional por parte de la Comunidad Autónoma.
Requisitos generales para acceder a una vivienda protegida
No obstante, y sin entrar en las particulares adicionales que exija cada Comunidad Autónoma, el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016 – el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 no contempla un programa específico para la vivienda protegida – recoge de manera general los Requisitos para Acceder a una Vivienda Protegida. Son los siguientes:
- Ser mayor de edad o emancipado.
- No haber disfrutado de una vivienda protegida con anterioridad en España. La excepción es que puedas demostrar que la que disfrutas sea claramente inadecuada para tus circunstancias personales o familiares.
- No poseer una vivienda libre en propiedad. También hay excepciones como, por ejemplo, que un juez haya dictaminado que sea el lugar de residencia de tu expareja y vuestros hijos.
- La vivienda deberá contar con un precio máximo de venta o un alquiler máximo referencia.
- Disponer de unos ingresos familiares mínimos.
- No haber tenido ayudas financieras de planes estatales o autonómicos de vivienda en los últimos diez años.
- Estar inscrito en un registro público de demandantes de vivienda protegida, creado y gestionado por cada Comunidad Autónoma.
Durante mucho tiempo, sólo te podías enterar de la oferta de vivienda protegida por dos vías. Una era apuntándote al registro de viviendas protegidas de la Comunidad Autónoma donde estuvieras empadronado. La otra, informándote de la convocatoria de un organismo público concreto.
También puedes acceder a vivienda protegida a través de una cooperativa
En la actualidad, cada vez son más las gestoras expertas que coordinan proyectos de viviendas en régimen de cooperativa en torno a suelo calificado como protegido. Recuerda que hay muchos tipos de vivienda en régimen de cooperativa. y uno de ellos es la vivienda protegida. ¡Ahorrarás el doble!
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