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La vivienda protegida en Canarias es muy demandada, pero es necesario cumplir todos los requisitos que el Gobierno de Canarias establece para poder acceder a una vivienda protegida en su territorio.

Como siempre, Mamá está aquí para contarte cuáles son estos requisitos y ofrecer información de interés en torno a la vivienda de protección oficial, así como a la obra nueva en Tenerife y en resto de estas islas maravillosas.

También es interesante que tengas en cuenta que puedes acceder a una vivienda protegida en Canarias en régimen de cooperativa. Esto te supone un doble ahorro: por una parte, el precio más económico por ser VPO y, por otra, un ahorro de en torno al 20% al adquirir tu vivienda a precio de coste a través del modelo cooperativo. ¡Y también de beneficias de un régimen de pagos más flexible!

¿Me acompañas?

 

 

Requisitos para acceder a una vivienda protegida en Canarias

¡Tienes que cumplirlos todos!

  • Debes ser mayor de edad.
  • Los ingresos ponderados de tu unidad familiar deben estar comprendidos en los siguientes intervalos de renta:
    • Hasta 1,5 veces el IPREM para viviendas en régimen de alquiler.
    • Hasta 2,5 veces el IPREM para viviendas en régimen de venta.
  • No ser propietario o arrendatario de una vivienda protegida. ¡Ni tú ni ninguno de los miembros de tu unidad familiar!
  • No ser propietario o arrendatario de una vivienda libre, ni titular de un derecho real de uso y disfrute, o de opción de compra sobre la misma. En este último caso, debe tratarse de un derecho real inscrito en el registro correspondiente. ¡Ni tú ni ninguno de los miembros de tu unidad familiar!
  • El patrimonio de tu unidad familiar no puede superar el 50% del precio máximo de venta en primera transmisión de una vivienda protegida de promoción pública con una superficie útil de 68 m2.
  • Debes haber residido ininterrumpidamente en la Comunidad Autónoma de Canarias con, al menos, siete años de antelación a la fecha de publicación del anuncio por el Instituto Canario de la Vivienda con las promociones de viviendas protegidas que vayan a ser objeto de adjudicación, o bien quince años cuando la residencia hubiese sido interrumpida.
  • El titular de la unidad familiar debe residir o trabajar ininterrumpidamente en el municipio donde radica la vivienda protegida con, al menos, dos años de antelación a la fecha que, conforme al correspondiente anuncio, se exija el cumplimiento de requisitos.
  • Si, además, entras en alguno de los cupos especiales para promoción de viviendas protegidas, que están establecidos legalmente, deberás cumplir también los requisitos específicos de cada uno de ellos.

Además, en el caso de que desees optar a una vivienda protegida de promoción pública, además tendrás que inscribirte en el Registro de Vivienda Protegida de Canarias. Esto no será necesario si te registras en LACOOOP porque toda la vivienda protegida es de promoción privada. ¡Son mucho más que las de promoción pública y no hay sorteo!

 

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Excepciones

  • No será necesario que estés inscrito en el registro de demandantes de vivienda protegida en Canarias a la fecha de la publicación del anuncio correspondiente si puedes acogerte al Cupo para Situaciones Excepcionales. Ese cupo está previsto para atender demandas de vivienda derivadas de situaciones de carácter excepcional y de interés público que impliquen medidas como la demolición o inutilización de viviendas, el realojo de sus ocupantes y otras de naturaleza análoga.
  • Podrás acceder a una vivienda protegida cuando, siendo propietario o arrendatario de una vivienda protegida alguno de los miembros de tu unidad familiar, se produjera uno de los supuestos siguientes, y siempre que previamente a la formalización de la adjudicación renunciase a la vivienda protegida y procediese a su efectiva devolución:
    • Que una resolución judicial firme hubiese sentenciado la pérdida del derecho al uso de la vivienda habitual como consecuencia de disolución matrimonial o de la pareja de hecho.
    • Habitar en una vivienda o en una cueva que no reúna las condiciones mínimas de habitabilidad establecidas legalmente.
    • Habitar una vivienda cuya superficie resulte inadecuada para la composición de la unidad familiar. Estos parámetros estás definidos legalmente.
    • Ocupar una vivienda en alquiler cuya renta anual sea igual o superior al 12% de los ingresos anuales de tu unidad familiar.
    • Habitar una vivienda sobre la que haya recaído declaración de ruina.
  • Podrás acceder a una vivienda protegida cuando, siendo propietario o arrendatario de una vivienda libre, titular de un derecho real de uso y disfrute, o de opción de compra sobre la misma alguno de los miembros de tu unidad familiar, concurriese alguno de los supuestos mencionados en el punto anterior o se habitase en un alojamiento provisional promovido y/o tutelado por la Administración Pública.
  • Podrás acceder a una vivienda protegida cuando, superando el patrimonio de tu unidad familiar el 50% del precio máximo de venta de una vivienda protegida de promoción pública con una superficie útil de 68 m2, éste constituya su única fuente de ingresos.
  • El requisito de la residencia en la Comunidad de Canarias no se aplicará a los emigrantes retornados.

 

Normativa que regula la vivienda protegida en Canarias

  • Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda en Canarias.
  • Decreto 135/2009, de 20 de octubre, por el que se regulan las actuaciones del Plan de Vivienda de Canarias para el período 2009-2012.
  • Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establecen el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda.

 

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