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A todos se nos ha pasado por la cabeza qué pasa con la hipoteca si fallece el titular. Da igual si tú eres o no el titular porque, en cualquier caso, te afectará a ti o a tus herederos.

Si aceptas un consejo de madre, siempre es recomendable tener un seguro de vida con la hipoteca que cubra esta fatalidad. Y es que, por muy seguros que nos encontremos, nunca sabemos cuándo nos van a llamar desde arriba. ¡Tú ya me entiendes!

Por eso, es importante saber qué pasaría con la hipoteca en caso de fallecimiento y, sobre todo, dejarlo todo bien atado para que afecte lo menos posible a tus familiares.

Como siempre, Mamá está aquí para contarte todo lo relacionado con el fallecimiento del titular de la hipoteca. ¡Tú eres importante para mí!

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¿Qué sucede si fallece uno de los titulares de una hipoteca?

Este supuesto se da en el caso de que el contrato de préstamo hipotecario haya sido firmado por dos o más personas sobre la misma vivienda. Por ejemplo, un matrimonio se compra una casa y ambos firman la hipoteca. ¡Ojo! No es necesario estar casado para poder firmar una hipoteca conjuntamente.

Pues bien, en estos casos, lo que debes saber es que la hipoteca es solidaria. Esto significa que cada uno de sus titulares responde por la devolución de la totalidad de la hipoteca ¡y de sus intereses!

Esto significa que, desde el fallecimiento de uno de los titulares de la hipoteca, el que quede en vida tendrá que abonar la totalidad de la cuota. Su parte y la del cotitular que haya fallecido, hasta satisfacer la totalidad de la cuota mensual de la hipoteca. Y así hasta que se devuelva todo el préstamo hipotecario y sus intereses.

 

Trámites de la hipoteca en caso de fallecimiento

Si te encuentras en la situación, lo primero que quiero enviarte es un fuerte abrazo telemático y decirte que siento mucho tu pérdida. Piensa que este no es el fin, y que, algún día, os volveréis a encontrar.

Entrando ya en el aspecto práctico de qué pasa con la hipoteca en caso de fallecimiento de su titular, estos son los pasos que debes dar si estás afectado por esta situación:

  1. Actúa rápido: la ley hipotecaria da derecho al banco a que inicie el procedimiento de ejecución hipotecaria (o embargo) en los siguientes casos:
    1. Impago de 12 cuotas de la hipoteca o el equivalente del 3% del capital durante la primera mitad de su vigencia.
    2. Impago de 15 cuotas de la hipoteca o el equivalente del 7% del capital durante la segunda mitad de su vigencia.
  2. Identifica si hay herederos del cotitular fallecido: en este caso, sus herederos tendrán que hacerse cargo de pagar la parte de la cuota de su familiar fallecido en caso de que acepten la herencia. ¡Te lo cuento todo más abajo!
  3. Comunica al banco el fallecimiento del cotitular: De lo contrario, el banco seguirá cargando a su cuenta el pago de la parte de la hipoteca que le corresponde abonar. Y, si no haces nada al respecto, puedes llegar a perder tu vivienda por los plazos que te he comentado en el primer apartado.

 

¿Quién paga la hipoteca en caso de fallecimiento?

Existen cuatro escenarios posibles tras el fallecimiento del titular de la hipoteca. Presta atención porque, en uno de ellos, está la solución a tu pregunta:

 

Hay un solo titular de la hipoteca y tiene herederos

En este caso, los herederos serán los responsables de pagar la totalidad de la hipoteca. Lo que pasa, tal y como te explicaré un poco más abajo, es que esto sólo será así si deciden aceptar la herencia.

En caso de que la acepten, además de comunicar al banco lo que ha ocurrido, tendrán que cambiar la titularidad del préstamo hipotecario a través de una subrogación de la hipoteca. ¡El banco tiene que aprobar esta operación!

Además, tendrán que presentar al banco un documento que acredite que el titular de la hipoteca ha fallecido. Este documento puede ser el certificado de defunción, el testamento o certificado de últimas voluntades, la escritura de adjudicación de la herencia, el certificado de pago del Impuesto de Sucesiones o la escritura pública de renuncia de la herencia, si éste fuera el caso.

Seguidamente, el banco informará a los herederos de la hipoteca que tenía contratado su causahabiente y se convertirán en los responsables de pagar lo que quedase pendiente de la hipoteca.

 

Hay un cotitular vivo de la hipoteca y herederos del cotitular fallecido

En este caso, el cotitular vivo seguirá siendo responsable de pagar la parte que le correspondiese de la hipoteca. ¡En el porcentaje estipulado en el contrato de préstamo hipotecario!

El pago de la otra parte será responsabilidad de los herederos sólo en el caso de que hubieran aceptado la herencia.

En el caso de que los herederos renunciaran a la herencia, el cotitular vivo tendría que asumir el pago de la totalidad de la hipoteca que quedase pendiente, más sus intereses.

 

Existe un avalista de la hipoteca

Que exista un avalista de la hipoteca no significa que le toque pagar de primeras la hipoteca tras la muerte de su titular, sino que primero lo harán el cotitular vivo o los herederos del cotitular fallecido que hubieran aceptado la herencia.

El avalista es el garante del pago de la hipoteca cuando ya no queda ningún titular o cotitular de la hipoteca, ni tampoco heredero alguno que haya aceptado la herencia.

Por lo tanto, se procederá según los casos establecidos en los puntos anteriores. En caso de que no hubiera cotitular ni herederos del (co)titular fallecido – o los había, pero han rechazado la herencia- el avalista responderá del pago de la hipoteca en función de lo que se hubiera establecido en el contrato.

 

Existe un seguro de vida

En este caso, cotitular y herederos pueden respirar tranquilos o semitranquilos, en función de la cobertura contratada con el seguro.

Aunque no es obligatorio contratar un seguro de vida con la hipoteca, mucha gente lo contrata precisamente para evitar dejarles un marrón económico a su pareja o herederos.

Y es que, en caso de que existiera un seguro de vida, éste cubrirá el pago de la deuda hasta donde se hubiera concertado en el contrato. Es decir, puede cubrir el pago de la totalidad de la deuda o sólo una parte, en función de lo establecido en el contrato del seguro.

En cualquier caso, será necesario enviar el documento que acredite que el titular de la hipoteca ha fallecido, tanto a la aseguradora como al banco.

 

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Herederos tras el fallecimiento del titular de la hipoteca

Lo primero que debes saber es que un heredero no puede aceptar sólo un parte de la herencia. O la acepta en su totalidad, o la rechaza en su totalidad. Además, en el caso de que la acepte, acepta también las posibles cargas que existieran sobre los bienes o derechos del fallecido. Por ejemplo, la hipoteca.

Cualquier que sea su decisión, tendrá que hacerlo antes notario para que dé fe pública frente a terceros de la decisión del heredero.

A estas alturas, es muy posible que tú mismo puedas responder a esta pregunta: ¿tienen que pagar la hipoteca los herederos si fallece su titular?

Pues, evidentemente, depende de lo su decisión con respecto a la herencia. Estos son los tres escenarios posibles frente a la pregunta de qué pasa con la hipoteca si fallece el titular. ¡Toma nota!

  1. Rechazo de la herencia: el heredero o herederos deciden rechazar la herencia y, por tanto, todas las cargas adheridas a ella. En este caso, no tendrán que preocuparse por quién paga la hipoteca.
  2. Aceptación de la herencia: el heredero o herederos aceptan la herencia y, con ella, todas las cargas adheridas. En este caso, serán responsables del pago de la hipoteca. La cuantía dependerá de si existe o no cotitular de la hipoteca y del número de herederos.
  3. Aceptación de la herencia a beneficio de inventario: En este caso, lo que se hace es que se hereda la parte de la herencia que quede tras haber pagado todas sus cargas. Por ejemplo, se vende el terreno heredado para poder pagar la hipoteca de una vivienda que también formaba parte de la herencia. De esta forma, se separa el patrimonio heredado del propio para hacer frente a las deudas.

 

¿Cómo entender el cuadro de amortización de un préstamo? QUIERO SABER MÁS


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