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La anulación del impuesto de plusvalía municipal por parte del Tribunal Constitucional ha generado en todos nosotros muchas dudas. ¿Puedo reclamar mi dinero si ya lo he pagado? ¿Por qué se ha anulado? ¿En qué me afecta? Tranquilo, Mamá te explica todo en un momentito. ¡Tú eres importante para mi!

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¿Qué es la plusvalía municipal?

Aunque tienes a tu disposición un artículo completo dedicado a explicarte fácilmente que es la plusvalía, te diré que la plusvalía municipal es un tributo que cambia el valor de un terreno urbano toda vez que se compra hasta que se vende o se transmite, por ejemplo a través de una herencia. ¡Fácil!

Su segundo apellido, municipal, le viene de que este impuesto estaba delegado a las administraciones municipales. Es decir, eran los ayuntamientos los que se encargaban de aplicarlo. ¡Permitía a los ayuntamientos una recaudación media de 2.500 millones de euros! 

¿Por qué ha sido anulado la plusvalía municipal por el Tribunal Constitucional?

Este impuesto llevaba siglos y siglos en España. Sin embargo, ahora el Tribunal Constitucional lo ha anulado al considerar ilegal la fórmula con la que se calcula. ¡Se hace bajo la premisa de que siempre se vende más caro de lo que se compró el inmueble! 

Apartados declarados inconstitucionales de la Ley Reguladora de Haciendas Locales

El Alto Tribunal ha considerado varios apartados del artículo 107 inconstitucionales. Éste establece- o mejor dicho, establecía- la base imponible de la plusvalía municipal y no contempla ninguna retroactividad.

El Tribunal ha considerado que el sistema de cálculo del impuesto no toma en cuenta si en realidad el inmueble perdió valor o lo ganó por el paso del tiempo. ¡Ha establecido un sistema fijo para calcular este aumento de valor!

  • El artículo 107.1 ha sido anulado. En él se regulaba la forma de determinar la base imponible de este impuesto.
  • El artículo 107.2.a)que fija que en las transmisiones de terrenos el valor vendrá determinado a del IBI también ha sido declarado inconstitucional.
  • Asimismo, el apartado 4 ha sido declarado nulo. Éste prevé la aplicación de un porcentaje anual, determinado por cada ayuntamiento, sobre el valor del terreno. ¡Es el resultado de multiplicar el porcentaje anual aplicable a cada caso por el número de años a lo largo de los cuales se haya producido un incremento de valor!

 

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¿Me pueden devolver el impuesto de plusvalía municipal tras su anulación?

Depende. Aunque la sentencia del Tribunal Constitucional significa que no se puede aplicar este impuesto hasta que no haya una nueva regulación, esta decisión del Tribunal Constitucional no afecta a situaciones firmes.  ¡No podrán ser revisados los casos ya juzgados, o con resolución administrativa en firme, pero tampoco las liquidaciones provisionales o definitivas que no hubieran sido impugnadas a la fecha en que se ha dictado la sentencia (26 de octubre)!

Sin embargo, cada contribuyente puede encontrarse en una situación distinta. En unos casos, la plusvalía municipal se liquidaba y en otros se autoliquidaba, es decir, la persona hace el impreso y paga en el plazo correspondiente.

  • En el caso de que hubieses escogido la autoliquidación y desde que terminó el plazo de presentación del periodo voluntario del impreso no ha ocurrido nada, y han trascurrido menos de cuatro años, puede solicitar la rectificación de la autoliquidación presentada y la devolución de ingresos indebidos.
  • Si, por el contrario, declarabas el impuesto presentando la documentación, y la administración, pasado un tiempo, mandaba una liquidación para que pagara, si en el mes siguiente a la notificación de esa liquidación no te opusiste a la ella, esto será firme y no podrá solicitar la devolución del dinero. ¡Tenlo en cuenta!

En resumen,  solo podrán beneficiarse de la declaración de inconstitucionalidad los contribuyentes que en su día recurrieron, o solicitaron la rectificación, y aún están esperando resolución. Y también los que recurrieron en su día, vieron desestimada su petición, pero aún están en plazo de presentar un nuevo recurso.

¿Qué ocurre con los que no han pagado el impuesto de plusvalía municipal este año?

Si en estos momentos estás cerrando la venta de tu viviendo, en principio no tendrías que pagarlo, al menos hasta que no se fije en la ley una nueva forma de calcular este impuesto.

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