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Heredar una vivienda no siempre es plato de buen gusto para el que la hereda. En ocasiones, puede suponer lo que popularmente se conoce como “un marrón”.

Bien porque la casa tiene deudas -recuerda que las deudas se heredan– bien porque los herederos no tienen dinero para pagar los impuestos de la herencia, a veces no nos viene bien heredar. ¿Te ha pasado?

El abogado Abel Marín -experto en herencias- lo deja claro al afirmar que “muchas veces se heredan inmuebles de mucho valor, pero no el dinero para hacer frente a los gastos en impuestos”.

Es como la pescadilla que se muerde la cola porque los padres no quieren dejar a sus hijos una herencia envenenada ni los hijos quedarse sin heredar por culpa de los dichosos impuestos.

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Entonces, ¿qué hacer?

Es en este punto cuando a muchos se les cruza por la cabeza la idea de donar sus bienes en vida en lugar de legarlos en un testamento.

Como te conozco y seguro que tú también te lo has preguntado -o lo vas a hacer- voy a contestar a tus dudas, antes incluso de que me las preguntes. ¡Como Mamá, nadie!

¿Se paga más por heredar una vivienda o recibirla en donación?

Antes de responderte a esta pregunta -y aunque parezca obvio- quiero asegurarme de que sabes lo que significa cada cosa.

Heredar una vivienda implica que el dueño de la vivienda ha tenido que fallecer y dejar en herencia su vivienda a alguien a través del correspondiente testamento.

Donar una vivienda significa que cedes su titularidad a alguien mientras todavía estás vivo y sin que la otra persona tenga que pagarte por la casa.

Los expertos dicen que, por lo general, el testamento es menos gravoso que la donación en vida. ¡Recalco lo de “por lo general”!

Y es que la cantidad que tienes que pagar dependerá mucho del lugar en el que residas. Mejor dicho, de la Comunidad Autónoma.

Por ejemplo, ¿sabes que la bonificación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad de Madrid es del 100%?

 

IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES EN LA COMUNIDAD DE MADRID

 

Además, mientras las herencias deben abonarse donde reside su transmisor, las donaciones en vida tributan donde esté ubicado el inmueble. ¡Toma nota!

Una de las ventajas de donar en vida es que lo puedes hacer de una forma escalable. ¡Y es reversible si así se deja establecido!

Por ejemplo, hay padres que ceden la titularidad de la vivienda a los hijos mientras todavía están vivos, pero se reservan el derecho de usufructo.

Por cierto, ya puedes tratar bien a tus padres porque -además de que son tus padres, y merecen tu respeto y cariño- pueden revocar la donación que hubieran hecho a tu favor en caso de que hayas sido ingrato con ellos. ¡Que no me entere yo de que les tratas mal!

¿Qué impuestos hay que pagar?

Al heredar una vivienda o recibirla a través de una donación en vida hay que pagar una serie de impuestos. Ellos son los causantes de que mucha gente se lo piense antes de aceptar la herencia o la donación. ¡Manda narices!

Impuesto de Sucesiones y Donaciones

  • Su regulación está cedida a las Comunidades Autónomas. ¡Es distinta en cada una!
  • Es un impuesto personal, progresivo y autonómico. ¡Cuanto más caro sea el inmueble, más alto es el impuesto!
  • Su cuantía varía en función de valor del inmueble, el grado de parentesco y el destino del bien.
  • Si heredas una vivienda, hay una ley estatal que establece una reducción del 95% en el caso de cónyuges y descendientes. ¡Tiene que tratarse de la vivienda habitual y por un importe igual o inferior a 122.606€!
  • Si recibes la vivienda a través de una donación en vida, la fiscalidad varía mucho en cada Comunidad Autónoma. Por ejemplo, si recibes 800.000€ deberás pagar 200.000 en Andalucía por este impuesto y sólo 200€ en Canarias. ¡Alucina!

Impuesto de Plusvalía Municipal

  • Su nombre formal es Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Mejor el apodo, ¿verdad?
  • Es un impuesto directo y lo que grava es el incremento del valor económico que cualquier inmueble suele experimentar con los años.
  • Su pago corresponde a los herederos o a los receptores de la donación.
  • La cuantía oscila entre el 10% y el 20% del valor catastral de la vivienda.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

  • Se trata del archiconocido IRPF.
  • Si heredas una vivienda, no tendrás que pagar este impuesto.
  • En el caso de la donación en vida, el donante debe tributar entre el 19% y el 32% de la ganancia generada desde que compró la vivienda. ¡Salvo que se trate de la vivienda habitual y el donante tenga más de 65 años, o que se done dinero!

¿Cuál es el plazo para pagar estos impuestos?

El plazo para pagar estos impuestos es de seis meses, tanto al heredar una vivienda como al recibirla en donación.

En el caso de que no tengas el dinero para pagar los impuestos, es importante que tengas claras tres cosas:

  1. Estás en tu derecho de rechazar la herencia. ¡No la aceptas y punto!
  2. Puedes fraccionar y aplazar el pago de los impuestos.
  3. Tienes derecho a una prórroga de seis meses para conseguir el dinero que necesitas.

Además, en el caso heredar una vivienda varios coherederos -lo cual es lo más habitual- tenéis derecho a deliberar vuestra decisión antes de llegar a un acuerdo.

¿Qué cambios ha introducido la reforma fiscal en la vivienda?

Mamá ha detallado esta información en el artículo sobre los gastos adicionales a la compra de vivienda. Si aceptas un consejo de madre, ¡léelo! No imaginas la cantidad de novedades fiscales que ha supuesto en la transmisión de una vivienda por cualquier vía y cuánto te va a afectar. ¡Luego no digas que no te he avisado!

¿Se puede heredar una casa hipotecada?

Si y, en este caso, existen diferentes opciones. Es posible que a la hipoteca esté vinculado un seguro de vida. En este caso, el beneficiario es el banco, que recibe una cantidad de de dinero destinada a amortizar la hipoteca. ¡El heredero no tiene que hacer frente al pago de la hipoteca!

Si el fallecido no tuviese un seguro de vida, y el sucesor heredase una vivienda hipotecada, hay tres opciones:

  • Aceptar la herencia. El beneficiario asume el pago de la hipoteca con las condiciones que estaban ya establecidas. ¡Tú pasas a ser el titular de la hipoteca!
  • Aceptar la herencia a beneficio de inventario. También aceptarías la herencia, pero separando el patrimonio propio del beneficiario y el heredado. Las deudas se harán frente con el patrimonio heredado. ¡Tu patrimonio estará a salvo!
  • Rechazar la herencia. Puedes evitar hacer frente al pago de la hipoteca rechazando la herencia, pero ¡ojo! tampoco recibirás el resto de bienes que te hubiesen correspondido.

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¿Cómo heredar una casa sin pagar impuestos?

Siento se yo la que tiene que darte la mala noticia, pero es imposible heredar una casa y no pagar impuestos. Sin embargo, para aliviar los impuestos a pagar, se pueden tomar medidas en vida para reducir estos gastos.

  • Dividir la herencia: ¡Cuánto más se divida, menos impuestos se pagan! Por ejemplo, si tienes pareja e hijos, es mejor que repartas tu herencia entre todos, y no dejar la vivienda en manos de sólo tu cónyuge. 
  • Donar en vida: Aunque las donaciones están sujetas tributación, suele suponer un gasto menor al impuesto de sucesión. ¡Lo mejor es que consultes a un expertos para ver si te merece la pena!
  • Dar una mayor parte a menores o inválidos: Estos son los que tienen que pagar menos impuestos. Por eso, dejar una herencia que les beneficie más que a otros herederos disminuirá mucho el gasto. ¡Tenéis que ser una familia con confianza plena!

De igual manera, si ya has heredado, hay algunas formas para no arruinarte pagando de golpe todos los impuestos.

  • Pagar a plazos. Tienes que solicitarlo antes de que hayan pasado 5 meses y puedes pedir que te aplacen un año el pago siempre que en la herencia no hayas recibido el dinero suficiente para pagar esos impuestos. También, puedes pedir que te fraccionen el pago hasta 5 años y, si eres el cónyuge, ascendiente, o descendiente o bien pariente colateral, tienes más de 65 años y has vivido con el fallecido los dos años anteriores a su muerte en la vivienda que has heredado, puedes solicitar que se aplace tres años.
  • Ir a un intermediario financiero. Si no queremos renunciar a la casa pero en este momento no tenemos efectivo ni siquiera para hacer frente a un pago aplazado, podemos solicitar un préstamo con garantía hipotecaria. ¡Tienes que tener una casa en propiedad completamente pagada o casi pagada!

 

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