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En el que caso de que tengas tu patrimonio repartido en distinto países es posible que te hayas enfrentado alguna vez con la doble imposición. Aunque no es algo habitual en los casos de inversión extranjera en segunda vivienda dentro de nuestro territorio, sí puede darse si una persona extranjera invierte en primera vivienda en España para residir aquí, pero sigue obteniendo sus rentas en su país de origen.

Si te has visto inmerso alguna vez en esta situación o no quieres que eso te pase a ti, presta atención a este artículo.

Mamá te va a explicar qué es la doble imposición, cómo funciona el convenio que la regula, los tipos de doble imposición que existen y cómo evitarla.

¿Me acompañas?

 

 

¿Qué es la doble imposición?

La doble imposición se produce cuando tienes que tributar dos veces por el mismo hecho imponible.

Esta situación se suele dar en los casos en los que una persona tiene su residencia fiscal en dos países diferentes.

Obviamente, cada uno de estos países va a querer recaudar los impuestos correspondientes por la renta obtenida.

Aquí, es donde es importante que conozcas bien en qué casos tienes que pagar impuestos por la renta que hayas obtenido. ¡Sobre todo, si quieres evitar pagar los impuestos dos veces!

 

¿Cómo funciona el convenio de doble imposición?

En realidad, no existe un único convenio de doble imposición. En la actualidad, existen 103 convenios para evitar la doble imposición.

En concreto, España forma parte de 100 de estos convenios de doble imposición, aunque sólo están vigentes 94.

La finalidad de un convenio de doble imposición internacional es evitar que una persona tenga que pagar impuestos dos veces por lo mismo.

De lo que se trata es de evitar la estampida de las inversiones extranjeras por este hecho por el hecho de ver aumentada su fiscalidad, al tiempo que se dota a los inversores de seguridad jurídica.

Da igual si se trata de inversiones extranjeras en España o de inversiones españolas en el extranjero. ¡Hay que establecer unas reglas y eso es lo que hacen los convenios de doble imposición!

Además, es importante que sepas también que existe tres tipos de convenios para evitar la doble imposición:

  1. Convenios bilaterales para prevenir la evasión fiscal: Hacen referencia a los impuestos sobre la renta, el patrimonio y las herencias. ¡También sobre las rentas de la navegación marítima y aérea!

 

  1. Convenios bilaterales o multilaterales: A través de ellos se modifican las leyes tributarias de un país.

 

  1. Acuerdos con organismos internacionales: Están formados por disposiciones que influyen en los aspectos fiscales un país.

 

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Tipos de doble imposición

Para que entiendas bien este apartado, es preciso entender antes por qué se puede producir la doble imposición.

El punto de partida es la soberanía fiscal que cada país tiene sobre los actos susceptibles de fiscalidad que se llevan a cabo en su territorio. Es decir, aquéllos que derivan en una obligación de tributar o pagar impuestos.

Para ellos, es importante diferenciar entre:

  • Relación entre país y persona: se refiere al país en el que el empresario reside o tiene su nacionalidad. ¡Ojo, porque puede tener doble nacionalidad!

 

  • Relación entre el país y la renta: se refiere a que un país puede establecer impuestos sobre las rentas o los ingresos obtenidos dentro de sus fronteras.

Bien, aclarado estos dos tipos de relaciones, ahora te voy a explicar los tipos de doble imposición que se pueden dar. ¡Presta atención!

 

Doble imposición jurídica

La doble imposición jurídica tiene lugar cuando un empresario tiene que tributar en dos países por un mismo hecho imponible y en el mismo ejercicio fiscal.

Existen distintas situaciones por las que una persona se puede ver perjudicada por una doble imposición jurídica. ¡Toma nota!

  • Tiene su residencia fiscal en los dos países.
  • Reside en un país, pero tiene que pagar en el otro país los impuestos por sus ingresos.
  • Los dos países le gravan por su renta mundial.
  • No reside en ninguno de los dos países, pero sí obtiene su renta en ellos.

 

Doble imposición económica

La doble imposición económica tiene lugar cuando dos o más impuestos gravan un mismo hecho imponible, pero cada impuesto lo tiene que liquidar un contribuyente diferente.

Ya sé que parece un trabalenguas, pero seguro que, con este ejemplo que Mamá te va a dar, lo entiendes mejor.

Imagina que eres socio de una sociedad anónima, la que tú quieras. Esta sociedad produce beneficios y, por consiguiente, se procede a repartir los dividendos entre sus socios.

En términos de impuestos, la sociedad anónima deberá tributar por el Impuesto de Sociedades. Por su parte, cada socio tendrá que declarar y liquidar sus beneficios en el IRPF.

 

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¿Cómo evitar la doble imposición?

Si te has visto en una de éstas o crees que te puede pasar en algún momento, es importante que sepas que estas situaciones se pueden evitar o solucionar.

Existen dos vías para ello: la exención y la imputación. ¡Te cuento lo que es cada una!

Exención

La exención tiene lugar cuando uno de los dos países involucrados en el caso de doble imposición, hace un acto de generosidad y renuncia a gravar impuestos por las rentas que un sujeto obtenga en el extranjero.

Normalmente, el país renunciante es aquél en el que tiene su residencia la persona que obtiene sus rentan en otro país.

Por ejemplo, una persona tiene su residencia fiscal en España, pero obtiene sus rentas en China. En este ejemplo, España renunciaría a gravar las rentas de esta persona en territorio chino.

 

Imputación

La imputación consiste en que, cuando una persona tiene su residencia fiscal en un país, pero obtiene su renta en otro país, se hace una doble operación:

  1. La persona liquida el impuesto en el país donde obtuvo la renta.
  2. Posteriormente, la renta que obtuvo se incluye en la base imponible del impuesto en cuestión en el país donde reside. PERO cuando la persona vaya a liquidar este impuesto en el país en el que reside, se le resta la cuantía del impuesto que ya liquidó en el otro país.

Por ejemplo, imagina que trabajas en Marruecos, pero tu residencia está en Madrid. Por lo tanto, obtienes tu renta en Marruecos. Pues bien, la imputación consistiría en que abonarías el impuesto sobre la renta en Marruecos. Cuando te tocase liquidar el IRPF en España, incluirías tu renta en Marruecos en la base imponible de este impuesto español, pero se le restaría la cantidad que ya hubieras pagado por el impuesto en Marruecos.

Lo último a destacar en la imputación es que puede ser plena u ordinaria:

  • Imputación plena: Cuando puedes restarte el total del impuesto pagado en el extranjero.
  • Imputación ordinaria: Cuando sólo puedes restarte la cantidad que deberías pagar por ese impuesto en tu país de residencia.

 

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