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¿Sabías que como inquilino de un inmueble tienes derecho de retracto? ¿Y que como socio de una cooperativa de viviendas también te puedes acoger a él? En muchas ocasiones, conocemos nuestras obligaciones y deberes, pero dejamos a un lado nuestros derechos y perdemos muchas oportunidades. Por eso, te voy a contar todo lo que necesitas saber acerca del derecho de retracto para que puedas ejercerlo. ¡ Tú eres importante para Mamá!

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Derecho de retracto y derecho de tanteo

El derecho de tanteo y retracto es un derecho que tiene el inquilino para que, en caso de que el propietario ponga en venta la vivienda alquilada, este pueda adquirirla antes que otro comprador, con las mismas condiciones y al mismo precio. ¡Tú estabas antes! 

Sin embargo, podemos separar este derecho en dos.

  • Por un lado tenemos el derecho de tanteo. Es el derecho que tiene el inquilino para comprar la casa en la que vive de forma preferente frente a un tercero pagando el mismo precio
  • Por otro, el derecho de retracto. Este derecho lo puede ejercer el inquilino de un inmueble que ya ha sido vendido al querer comprarlo él. Esta compra se hará en las mismas condiciones y precio que ha sido vendida a un tercero.

 

Al igual que el derecho de tanteo, el derecho de retracto caduca a los 30 días desde que el inquilino es informado a través de la escritura de compra, de las condiciones y precio al que se ha realizado la venta de la vivienda. ¡No esperes hasta última hora y ejerce tu derecho que la ley te ampara!

¿Qué es el derecho de retracto en las cooperativas de viviendas?

¡Mamá te lo cuenta fácil y rápido! Si eres socio de una cooperativa de viviendas y decides echarte para atrás y transmitir tus derechos sobre la vivienda, antes de entregárselos a una tercera persona no socia, tienes que informar a la cooperativa para que ella pueda a avisar a los demás socios por si están interesados en adquirirlos.

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En el caso en que no hagas esto, y si hay algún socio de la cooperativa que quiera adquirir tu vivienda, la cooperativa puede ejercer su derecho de retracto. De esta forma, puede quedarse con el inmueble una vez pagado su precio, ¡y tú tienes que abonar los gastos asociados!

El derecho de retracto puede ejercitarse durante un año desde la inscripción de la transmisión en el Registro de la Propiedad o durante tres meses desde que se sepa que ha tenido lugar esta transmisión.

Plazos para ejercer el derecho de retracto del arrendatario

Antes de nada, tienes que saber que para que pueda darse el derecho de retracto tienen que darse una serie de condiciones:

  • El propietario no tiene que haberle informado de la venta de la casa alquilada o no haya informado a este de determinadas condiciones.
  • El precio al que el propietario ha vendido la vivienda a la otra persona sea menor al precio ofrecido al inquilino.

Este derecho caduca a los 30 días , a contar desde que el inquilino es informado, a través de las escrituras de compra, de las condiciones y precio al que se ha realizado la venta de la vivienda.

¿Qué pasa si el inquilino no recibió la notificación de la venta de la finca urbana?

En caso en que esto haya pasado, el arrendatario deberá o bien requerir a comprador y vendedor haciéndoles saber su derecho preferente o bien interponer un procedimiento judicial. 

¿Qué es la cédula de habitabilidad? ¿Cómo se renueva? QUIERO SABER MÁS


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