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Cuándo comienza la construcción de viviendas en cooperativa es una de las grandes preguntas que se hacen todos los interesados en adquirir su nuevo hogar en régimen de cooperativa . Como ya sabrás, Mamá es toda una experta en el asunto y siempre quiere ayudarte a conseguir todo lo que te propongas. Por eso, te voy a contar todo acerca de la construcción de viviendas en cooperativa. ¡El concomimiento es poder! 

¿Qué es necesario para que comience la construcción de una vivienda en cooperativa?

Lo primero que debes tener claro, es que es necesario que estos cuatro hitos se hayan alcanzado:

  • Terreno: solar sobre el que se van a edificar las viviendas.
  • Colectivo: socios de la cooperativa.
  • Financiación: capital para hacer frente a los gastos derivados de la construcción de las viviendas.
  • Licencia de Obra Mayor: autorización administrativa que da luz verde para que se pueda empezar a construir.

¡Quédate con esto porque te voy a ir explicando su importancia a lo largo del artículo!

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¡Quien antes llega, se la lleva!

¿Cómo me doy de alta en una promoción?

Antes de nada, debes buscar una promoción que te encaje como anillo al dedo y ¡para eso existe LACOOOP! En mi Marketplace encontrarás un montón de promociones y siempre de la mano de las mejores gestoras expertas en cooperativas.  ¡Ten por seguro que todas ellas cuentan con la absoluta confianza de Mamá! 

 

Pre-reserva

Una vez que te decidas por una promoción, deberás entregar una pequeña cantidad de dinero que oscila entre los 200€ y 300€ para convertirte en inscrito, que no socio. ¡Es importante que conozcas cuáles es la diferencia entre un inscrito y un socio cooperativista!

Esta aportación inicial va destinada a hacer la pre-reserva de la vivienda que te gusta. ¡No es la reserva definitiva ya que ésta sólo ocurre cuando firmas el contrato de adjudicación y te conviertes en socio! Podrás realizar la pre-reserva entre las viviendas que quedan libres y en función del orden de llegada. ¡Recuerda que quien antes llega, se la lleva!

Por este motivo, lo mejor que puedes hacer registrarte en LACOOOP e indicar tus preferencias o bien a un Próximo Lanzamiento para que Mamá te informe de manera gratuita sobre las nuevas promociones en la zona y con las características que buscas. ¡Mamá está en todo, y todo gratis!

Firma del contrato de adjudicación

Para asegurarte al 100% de que la vivienda que quieres sea tuya, deberás firmar el contrato de adjudicación que significa que – además de contraer los derechos y obligaciones en él reflejados – se te adjudica una vivienda concreta y pasas a ser socio cooperativista. Con la firma del contrato de adjudicación, tendrás que hacer frente a una aportación inicial que suele rondar los 2.500€, pero variará en función del precio de la vivienda y de los Estatutos de la cooperativa.

Ejecución del plan de financiación

A continuación, se irá ejecutando el plan de financiación mediante el cual abonarás las mensualidades contempladas en el contrato de adjudicación. Esto no es otra cosa que pagar la entrada de tu vivienda en cómodas mensualidades y que suele equivaler al 20% del precio total de la misma. 

 

¿Quién debe informar del desarrollo de la promoción?

Cuando sueles comprar una vivienda en régimen de cooperativa, lo normal es comprar piso sobre plano. En otras palabras, tu vivienda no está construida.

En el proceso de construcción de viviendas en cooperativa, hay muchos hitos a conseguir. Por ello, si estás tú sólo en el proceso, es muy fácil que te pierdas y no sepas en que punto está la promoción. ¡Conseguir la casa de tus sueños puede convertirse en una auténtica pesadilla y todo un caos!

¿Por qué crees que Mamá sólo trabaja con gestoras expertas? Las gestoras expertas en cooperativas además de gestionar correctamente los aspectos administrativos, jurídicos y técnicos, mantienen una comunicación fluida con los socios cooperativistas. 

Se encargan de actualizar de manera constante la información sobre el desarrollo de la promoción. La gestora te informará de los avances – o estancamientos – en las asambleas de socios.  ¡Tienes voz y voto!

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¡Como Mamá, nadie!

 

¿Cuándo comienza la construcción de la vivienda en cooperativa?

Como te he dicho anteriormente, la construcción de las viviendas en cooperativa se sostienen sobre cuatro patas:

  • La adquisición del terreno.
  • La creación del colectivo.
  • La financiación para hacer frente a todos los gastos.
  • La acreditación de que las viviendas pueden construirse.

Obviamente, contar con un suelo para construir es indispensable. En ocasiones, antes de crear el colectivo, ya se tiene un terreno. Sin embargo, normalmente se compra con el dinero aportado por los cooperativistas ad hoc y el crédito aportado por una entidad bancaria.

A la vez que se lleva a cabo la compra del terreno, tienen lugar otros procesos. ¡Contar con una gestora experta te ahorrará muchos quebraderos de cabeza! 

Obtención del préstamo por parte del promotor

Tal y como puedes imaginar, las aportaciones de los socios no son suficientes para hacer frente a todos los gastos derivados de la construcción de las viviendas. Por ello, es indispensable conseguir la financiación de un banco.

Este crédito bancario se conoce como préstamo promotor y lo más habitual es que, para que la entidad lo dé, la cooperativa de viviendas debe tener un número de socios cooperativistas que suponga en torno al 90% del umbral de comercialización de las viviendas. ¡El banco quiere asegurarse la devolución del dinero que presta! 

 

Solicitud y obtención de licencia para la construcción de las viviendas en cooperativa

Una vez, se tenga el suelo, el colectivo creado y la financiación llega el momento de pedir la licencia para la construcción de la promoción de viviendas. Esta licencia se pide al Ayuntamiento de la zona en la que se desea construir y se conoce como licencia de obra mayor.

En teoría, el plazo de resolución más habitual para conceder o denegar una licencia de obra mayor es de tres meses. Sin embargo, en la mayoría de los casos, la media es de un año desde la solicitud de la licencia, dependiendo del Ayuntamiento. ¡No irá igual en el Ayuntamiento de Madrid que en el de Lugo!

Por este motivo, en muchos municipios la licencia de obra mayor ha sido sustituida por una declaración responsable. Se trata de un documento firmado por la persona que solicita el ejercicio de una actividad empresarial o profesional, en el que declara, bajo su responsabilidad, que cumple con todos los requisitos exigidos por la normativa sectorial. ¡Esto hace que se acorten bastante los plazos! 

 

¡Comienza la construcción de tu vivienda en cooperativa!

Una vez que se haya concedido la licencia de obra mayor, se procederá a la construcción de las viviendas, que suele rondar los dos años desde la concesión de la licencia de obra mayor. ¡Todo esfuerzo tiene su recompensa!

¡Eso sí! Una vez que ya estén las viviendas construidas, antes de poder entrar a vivir, la gestora deberá pedir la licencia de primera ocupación al ayuntamiento de turno. Esta licencia acredita que las viviendas son habitables y que no supone ningún riesgo a la salud vivir en ellas. ¡Tu seguridad ante todo! 

¡Volvamos al principio! ¿Qué implica ser socio de una cooperativa de viviendas? QUIERO SABER MÁS


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