Blindar el alquiler es una de las muchas preocupaciones que tienen los propietarios de las viviendas arrendadas. Y es que, muchas veces, el alquiler se convierte en una pesadilla para los propietarios. Rentas impagadas, destrozos en la vivienda, impago de luz y agua… Lo que prometía ser un beneficio y una fuente de ingresos se convierte en un problema. ¡Ya es mala suerte!
Por esto, es muy importante hacer un contrato de alquiler con las mayores garantías de pago para evitar problemas en un futuro. Sigue leyendo que Mamá en este artículo te da algunas medidas para blindar el alquiler de tu inmueble.
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Consejos para evitar tener inquilinos morosos y blindar el alquiler
Recuerda el dicho: es mejor prevenir que curar. Antes de que te encuentres en una situación que no puedas solucionar, tomas medidas para evitarlo.
Exige un aval bancario
Si buscar blindar el alquiler, ésta es la mejor opción. Así te garantizarás el cobro de las rentas, gastos y daños.
Normalmente, el importe del aval se hace por el importe de un año de rentas porque se estima que, en ese tiempo, ya se habrá tramitado el proceso de desahucio express contra el inquilino en caso de que no pague. En caso de impago, puedes ejecutar el aval bancario y el banco abonará las cantidades por el inquilino. ¡Te recomiendo que te estudies qué obligaciones tiene en un contrato de alquiler el avalista!
Sin embargo, no hay muy pocos inquilinos que puedan disponer de aval y normalmente se da cuando hablamos de alquileres con una cuantía importante. ¡Si se alquilara el Palacio Real, sería el caso!
Fiador personal solidario
Si no es posible un aval, siempre puedes exigir que conste un fiador en el contrato para que responda, personalmente, de las cantidades que no se paguen. Esta cláusula de fianza debe redactarse de tal forma que el fiador responda solidariamente, junto con el inquilino, al pago de las deudas.
El fiador es una persona externa al que le puedes reclamar en caso de que el inquilino no pague. Pero ¡ojo! antes de iniciar cualquier reclamación judicial contra el fiador, tienes que notificarle personalmente y por un medio del que quede constancia el impago por el inquilino para que pueda pagar. ¡Si no paga, puedes demandarle!
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Contratar un seguro de alquiler
Es posible contratar un seguro para asegurar el cobro.
Una de las ventajas de este tipo de seguros es que las compañías antes de aceptar el seguro, analizan al milímetro al futuro inquilino, por lo que si lo aceptan es que hay pocas posibilidad de que tu inquilino no pague. ¡Te dan seguridad!
Exigir una cantidad adicional a la fianza
La ley de arrendamientos urbanos obliga a la entrega de un mes de fianza para responder de posibles daños en la vivienda.
En la práctica, muchos inquilinos compensan esa fianza con el último mes de renta, que no abonan. Pero esto es incorrecto porque si, cuando el propietario entra en la vivienda, hay desperfectos, ya no tienes fianza para compensar.
Por esto, puedes pactar que el inquilino te haga entrega de 2 o 3 mensualidades adicionales a la fianza, que quedarán en depósito a tu favor, para responder de futuras deudas. ¡Te curas en salud!
Presentación de una nómina de funcionario
Está feo decirlo pero una de las mayores garantías de cobro es alquilar a un funcionario. ¡En caso de impago, el juzgado procederá al embargo de dicha nómina.!
Sin embargo, la presentación de una nómina de empresa privada, aunque sea con contrato indefinido, no garantiza al 100% el cobro de la deuda porque, en cualquier momento me pueden despedir o dejar el trabajo
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