Si eres de los que buscan vivienda protegida en Asturias, debes saber que el Principado establece unos criterios económicos que difieren un poco de la generalidad de los establecidos por gran parte de las Comunidades Autónomas de nuestra querida España.
Como siempre, Mamá está aquí para informarte de una forma clara y concisa de la obra nueva en Gijón o en cualquier otra zona del Principado de Asturias, así como los requisitos exigidos para acceder a una vivienda protegida dentro de su territorio.
¿Me acompañas?
Requisitos para optar a una vivienda protegida en Asturias
¡Tienes que cumplirlos todos!
- Ser mayor de edad o, si eres menor, debes estar emancipado.
- Ser residente en el concejo en el que solicitas una vivienda protegida pública, o asimilado a residente, por lo menos dos años antes de la apertura del plazo para presentar solicitudes.
- No ser propietario de una vivienda o titulares de un derecho de uso y disfrute sobre una vivienda. ¡Ni tú ni ningún miembro de tu unidad familiar!
- Si alguno fuera inquilino de una vivienda, tendrá que demostrar que la renta que paga es igual o superior al 20% de los ingresos familiares.
- Los ingresos familiares de los adquirentes e inquilinos no pueden exceder:
- 2,5 veces el IPREM, para una vivienda en régimen especial.
- 4,5 veces el IPREM, Para una vivienda en régimen general.
- 7 veces el IPREM, para una vivienda en régimen concertado.
Además, en caso de querer optar por una vivienda protegida de promoción pública, tendrás que inscribirte en la bolsa de demandantes de vivienda protegida de tu Comunidad Autónoma. Este requisito no será necesario si prefieres optar por una vivienda protegida de promoción privada. ¡Las promociones privadas son más frecuentes que las públicas!
Si quieres conocer mucha más información de tu interés sobre el acceso a la vivienda protegida, así como aclarar conceptos en torno a ella, te recomiendo accedas a la plataforma de vivienda protegida de LACOOOP. Es totalmente gratuita y de gran utilidad. ¡Hazle caso a Mamá!
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Excepciones
¡Ojito al dato! Quedan excluidos del requisito de residencia:
- Los repatriados que hubieran abandonado Asturias cuando eran menores de edad por causas políticas.
- Los nacidos en Asturias que, por motivos de trabajo, residan fuera y deseen volver.
- Las mujeres víctimas de violencia de género a las que una resolución judicial hubiese estimado no conveniente que residiesen en Asturias.
- Las personas que hubieran vivido en un centro de menores, en los cinco años siguientes a su salida.
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¡Quien antes llega, se la lleva!
Normativa que regula la vivienda protegida en Asturias
- Ley 2/2004, de 29 de octubre, de medidas urgentes en materia de suelo y vivienda.
- Decreto 92/2005, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento en materia de vivienda de la Ley del Principado de Asturias 2/2004, de 29 de octubre.