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Saber que estás buscando trucos acerca de como echar a un inquilino que no paga me duele porque eso significa que no estás en una situación precisamente cómoda.

Lamentablemente, esta situación se ha incrementado durante los meses del confinamiento. La propia Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler ya informó en su día que en ese período la morosidad aumentó un 10%.

Tranquilo, aquí está Mamá para ayudarte a deshacer este nudo que no es plato de buen gusto para nadie. ¡Tener un inquilino que no paga es de lo peor! 

Lo más importante que debes saber es que todavía están en vigor las ayudas para el pago del alquiler adoptadas para el Gobierno de España con un programa de ayudas transitorias de financiación. ¿Sabes que se ha ampliado el plazo para solicitarlas hasta el 31 de octubre de 2021?

Ésta sería una buena forma para dirigirte a tu inquilino que no paga porque le estarías ofreciendo una solución beneficiosa para los dos.

¿Cuáles son los requisitos para recibir ayudas el pago del alquiler?

¡Toma nota!

  • El contrato de alquiler debe tener como objeto la vivienda habitual.
  • El inquilino debe encontrarse en situación de vulnerabilidad económica.
  • El propietario no puede ser un gran tenedor de viviendas, una empresa o una entidad pública de vivienda.
  • Propietario e inquilino no pueden haber acordado de forma voluntaria el aplazamiento o la condonación parcial o total de la renta del alquiler.

Además de estas ayudas, también existen las ayudas para alquiler de vivienda a jóvenes. Te lo cuento todo en el enlace, pero recuerda que ¡sólo valen si el inquilino es menor de 35 años!

Como ves, Mamá siempre busca como primera solución empatizar con las dificultades de los demás y buscar soluciones legales al alcance. ¡El conocimiento es poder!

Otra cosa diferente es que, una vez agotada la vía de las ayudas, tu inquilino siga sin pagar la renta del alquiler. Por supuesto, siempre puedes ser caritativo y ofrecerle de manera voluntaria un aplazamiento o reducción de la renta. ¡Eso depende de ti!

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¡Qué no haría por ti!

¿Qué pasa si un inquilino que no paga no se quiere ir?

A veces, aunque se haya recurrido a los consejos para alquilar un piso de forma segura, puede ocurrir que tu inquilino oculte en el fondo a un moroso recurrente. ¿Qué hacer en estos casos?

Como siempre, Mamá te recomienda que seas precavido. Y para ello, no hay nada mejor que contratar un seguro de alquiler o de impago en el momento antes de firmar el contrato de arrendamiento.

Es la forma más segura de asegurarte que vas a seguir cobrando la renta del alquiler, aunque tengas un inquilino que no paga. ¡Incluso cubre los costes por reparaciones de daños que haya producido el inquilino!

Encontrarás varias empresas que se dedican a prestar estos servicios en la red. Y, desde luego, siempre es mejor que recurrir a empresas que se encargan de sacar al inquilino moroso por la fuerza. ¿Sabes que se puede incurrir en delito de coacción con una pena de cárcel de hasta tres años?

¿Se puede demandar a un inquilino que no paga?

Por supuesto que sí. Aunque ésta sería desde mi punto de vista la última opción, pero si es tu decisión, deberás tener en esto en cuenta. ¡Toma nota!

Enviar un burofax al inquilino

Éste es el primer paso que deberás dar. Esto es así porque, si no lo haces, el inquilino puede oponerse a la demanda alegando que no le reclamaste las cantidades adeudadas. ¡Ojito al dato!

Aunque lo más frecuente y seguro es enviar un burofax, también vale cualquier otra comunicación fehaciente al inquilino deudor a través de una comunicación escrita que quede registrada.

En esta comunicación, deberás informarle de la cantidad adeudada y del plazo que le concedes para que te la abone antes de interponer la correspondiente demanda. Lo más normal es conceder el plazo de un mes.

Si transcurrido este plazo el inquilino sigue sin pagar su deuda, podrás interponer la correspondiente demanda ante el juez.

Interponer demanda

Lo más aconsejable es que acudas a los servicios de un abogado. Recuerda que siempre tienes la opción de acudir a un abogado de oficio. ¡Son buenos y no te cuesta dinero!

Una vez interpuesta la demanda, tendrás que esperar a que el juez de turno la admita a trámite. Admitida a trámite, el secretario judicial dará 10 días de plazo al inquilino para abonar la deuda antes de que el proceso continúe.

Y, en este punto, es cuando el inquilino puede optar por lo siguiente:

  • Desalojar la vivienda.
  • Pagar la deuda.
  • Oponerse a la demanda. ¡Recuerda lo que te he contado del burofax!

Lo malo de recurrir a la vía judicial es que el proceso tarda en torno a ocho meses en resolverse y no es seguro que te devuelvan las cantidades adeudadas. ¡A parte de los gastos de abogados que tendrás que asumir!

No obstante, si el inquilino opta por aceptar la demanda y desalojar la vivienda, el proceso se acorta mucho. ¡Dura sólo 26 días!

Desahucio, el desenlace

Una vez que el juez dicte sentencia, lo normal es que, si el propietario lleva razón, dictamine el desahucio. A partir de ese momento, el inquilino moroso tendrá que abandonar la vivienda y se autoriza a la policía a intervenir en el caso de que no lo haga por su cuenta.

Entiendo que es una situación de lo más desagradable, y más aún si hay niños en la vivienda. En este último caso, debes saber que el sistema judicial español cuida mucho de los menores para que no caigan en desamparo.

Esto se traduce en que el procedimiento se alarga bastante, aunque no significa que el propietario no vaya a recuperar su vivienda. ¡Normalmente se le da un plazo mayor al inquilino moroso para que encuentre otra vivienda y no perjudicar a los menores!

 

¿Qué son los vicios ocultos de una vivienda y cómo reclamarlos? QUIERO SABER MÁS


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