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Es posible que te estés planteado poner en alquiler tu vivienda, pero, antes de nada, quieres saber si podrías recuperar la vivienda alquilada en el momento en que lo necesitases. ¡Para eso estoy!

En este artículo te voy a dar todas las claves y casos en los que podrías recuperar la vivienda alquilada sin ningún tipo de problema.

¿Cuándo se puede recuperar una vivienda alquilada?

Alquilar tu vivienda es una gran idea si quieres contar con un extra a final de mes. Muchas veces, contamos con una casa a la que, por unos motivos u otros, no le estamos dando uso y que puede convertirse en una gran inversión. ¡Como los bitcoin

Sin embargo, pueden ocurrir que necesites disponer de nuevo de esa vivienda y que tengas que recuperar la vivienda alquilada para su venta, por una necesidad, por un hijo o para su uso propio.

En caso de separación

Si estás casado y te separas, si existe una sentencia firme de divorcio o de nulidad matrimonial en la que se reconoce que tu pareja es la que se queda con la casa, se puede recuperar la vivienda alquilada sin ningún tipo de problema.

Eso sí, tiene que darse una serie de condiciones:

  • Se debe haber cumplido el primer año del contrato para poder recuperarla.
  • Comunicar al arrendatario, con una antelación de dos meses, la situación de necesidad.
  • Tienes que acreditar con papeles, en este caso, el divorcio.
  • La vivienda tiene que ser ocupada como domicilio habitual en un plazo de tres meses.

Para un hijo

Sí, es posible recuperar una vivienda alquilada para un hijo. ¡Y no importa en qué situación se encuentre! No hace falta que se esté en un momento desfavorable o no. Si tu quieres que esa casa sea para tu hijo, puede serlo.

Para hacerlo, tiene que haberse cumplido el primer año del contrato, notificar la necesidad al arrendatario con dos meses de antelación y la casa debe ser ocupada como domicilio habitual en un plazo de tres meses.

¿Se puede rescindir el contrato para recuperar una vivienda alquilada?

¡Ojo! Si no se pactó nada con el arrendatario sobre este asunto, no se puede rescindir el contrato por causa de necesidad. Se podría rescindir si el inquilino fallece, si hay un desahucio, si el arrendatario está subarrendado parte de la vivienda sin tu consentimiento…pero por necesidad no.

Si en el contrato se pactó dicha posibilidad, sólo podrá resolverse el contrato si la persona que necesite la vivienda es el propio arrendador o alguno de sus familiares de primer grado.

Dudas más comunes al recuperar una vivienda alquilada

Hay tres grandes dudas que puedes tener a la hora de recuperar una vivienda alquilada. Ya te las he resuelto un poco más arriba, pero te las resumo brevemente.

  • La causa de necesidad solo se puede invocar cuando el contrato esté en prórroga pero no dentro del periodo del contrato inicial. Para hacer efectiva la reclamación de la vivienda debe haber transcurrido al menos un año desde la firma del contrato.
  • El propietario debe pre-avisar al inquilino con dos meses de antelación la fecha en que la vivienda se vaya a necesitar, no antes. Además debe aportar la documentación que acredite la necesidad de recuperación de la vivienda.
  • La necesidad que se alegue solo puede darse en el arrendador, en su pareja, en sus padres o sus hijos.

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