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Los que se preguntan cómo legalizar una obra ya hecha son aquéllos que, como se dice popularmente, han empezado la casa por el tejado. Es decir, se han puesto a construir sin solicitar la correspondiente licencia municipal que da luz verde para que puedan empezar las obras.

Y es que, te guste o no, todo lo relativo a la edificación o realización de reformas de una vivienda debe ir acompañado de sus respectivas licencias.

¡Tranquilo! Si este es tu caso, tienes la posibilidad de legalizar la situación mediante la solicitud de la correspondiente licencia al ayuntamiento del municipio donde esté ubicada la vivienda.

Ya sabes que Mamá siempre busca lo mejor para ti. Sobre todo, que no te la juegues con las autoridades porque te puede salir muy caro.

Puedes recibir una denuncia por parte del Ayuntamiento y pagar una multa de hasta 6.000€. ¡Y que ordene la paralización de las obras o la demolición de lo construido!

Como no podía ser de otra forma, aquí está Mamá para contártelo todo con pelos y señales. ¿Empezamos?

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¡Quien antes llega, se la lleva!

¿Cómo legalizar una obra ya construida?

Como es lógico, tendrás que cumplir con todos los requisitos y aportar la misma documentación que se le exige a cualquier persona que desee legalizar una obra.

Llegados a este punto, te voy a contar paso a paso, cómo legalizar una obra a posteriori. ¡Toma nota!

Acude al ayuntamiento y pregunta si tu obra puede ser legalizada

Si la respuesta es que no, pregunta qué alternativas tienes. Si la respuesta es que sí, ¡sigue con los siguientes trámites!

Aporta la documentación requerida

Para que el ayuntamiento pueda revisar que tu obra cumple con la normativa exigida deberás acompañar un Proyecto Técnico Visado que deberá ser redactado y firmado por un Arquitecto.

Puesto que la obra ya está construida en realidad no es un proyecto en sí, pero es necesario para que se abra el correspondiente Expediente de Legalización.

Solicita la Licencia de Legalización al ayuntamiento

¡Tendrás que pagar tasas administrativas!

Espera a que el ayuntamiento lo revise todo

El ayuntamiento procederá a revisar la documentación que hayas aportado y comprobar que todo esté en orden. ¡Y te concederá la licencia de legalización!

Paga los impuestos y registra tu construcción

Más adelante te cuento qué tasas e impuestos tienes que abonar. En cuanto al registro, se trata del Registro de la Propiedad. ¡Y listo!

¿Qué documentación hace falta para abrir el expediente de legalización?

Para poder abrir el expediente deberás presentar la siguiente documentación:

  • Libro del Edificio con tu construcción.
  • Certificado de antigüedad.
  • Contratos relacionados con la obra.
  • Justificación del cumplimiento de la normativa.
  • Memoria descriptiva, justificativa y constructiva en la que queden reflejados los espacios construidos y útiles de la estructura.
  • Presupuesto económico.
  • Material gráfico que incluya los planos y un reportaje fotográfico.
  • Certificado técnico de legalización.

¿Qué normativa hay que cumplir para legalizar una obra?

¡Toma nota!

  • Normativa urbanística.
  • Código Técnico de la Edificación.
  • Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
  • Condiciones apropiadas de habitabilidad. ¡Si se trata de una vivienda!

¿Cuánto cuesta legalizar una obra ya hecha?

Si te estás preguntando cuánto va a afectar esto a tu bolsillo, te detallo los gastos a los que tendrás que hacer frente. ¡Mamá está en todo!

Arquitecto

Cada uno tendrá sus honorarios por la redacción del proyecto o expediente de legalización. Lo habitual es que te cobren un porcentaje del presupuesto de ejecución material.

Te recomiendo que contrates a uno que controle sobre la normativa urbanística local y le hagas una consulta previa. De esta forma, en el caso de que la obra no pudiera finalmente legalizarse, ¡ahorrarás dinero y disgustos!

Licencia Municipal

Para conseguir la licencia de legalización deberás pagar tanto tasas como un impuesto. ¡Como cada hijo de vecino!
 

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¡Como Mamá, nadie!

Tasas municipales

Aunque cada ayuntamiento establece sus propias tasas y bonificaciones, lo habitual es que la tasa urbanística ronde el 2% del presupuesto de ejecución material.

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras

También conocido como ICIO, su tipo impositivo también lo establece cada ayuntamiento. Por lo general, ronda el 4% del presupuesto de ejecución material. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Madrid concede bonificaciones de hasta el 95%. ¡Al loro!

Obras de adaptación

En el caso de que las obras que hayas realizado no cumplan con la normativa urbanística correspondiente, el ayuntamiento no te concederá la licencia hasta que realices las mejoras oportunas. ¡El precio varía en función de las obras y del contratista!

Notario y Registro

Ya que has hecho las cosas bien, hazlas bien hasta el final. Es muy recomendable que actualices las escrituras de la propiedad con la situación actual del inmueble y las registres en el Registro de la Propiedad.

Aunque los honorarios del notario y las tasas del registro están regulados por ley, cuenta con que en su total sumarán alrededor del 0,5% del nuevo valor de la propiedad.

 

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