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Como ya sabrás a estas alturas, el Gobierno ha aprobado el nuevo Plan Estatal de Vivienda para los próximos cuatro años. En concreto, su aplicación abarca el período desde el año 2022 al año 2025.

En concreto, el Plan Estatal de la Vivienda 2022-2025 se recoge en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Joven Vivienda y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

Estos planes son siempre muy largos y pueden dar lugar a confusión si no te sabes manejar entre leyes. Por eso, aquí está Mamá para contarte lo más relevante y que más puede influir en tu vida, de una forma fácil, clara y sin perder el tiempo.

¿Me acompañas?

 

¿Qué es el Plan Estatal de Vivienda?

 

Es una ley promulgada por el Gobierno (no por las Cortes Generales) en la que recoge los aspectos relacionados con la vivienda a nivel nacional para un período de cuatro años. En concreto, establece las ayudas públicas con cargo a los presupuestos generales del Estado que se van a destinar a que los ciudadanos puedan acceder a una vivienda.

El plan estatal de vivienda 2022 centra sus esfuerzos en:

  • Facilitar el acceso a la vivienda mediante ayudas al alquiler a los ciudadanos vulnerables.
  • Propiciar de forma estructural el incremento del parque público de vivienda y del parque de vivienda en alquiler asequible o social.
  • Ayudar a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.

 

Ayudas al alquiler de viviendas

 

¿Sabes que, según los últimos datos de Eurostat, el 35,9% de la población española que vive de alquiler destina más del 40% de sus ingresos al pago de la renta?

Con este dato, no es de extrañar que las ayudas públicas al alquiler de vivienda se esperen como ‘agua de mayo’.

La cuantía de estas ayudas es de hasta el 60% del alquiler mensual de la vivienda habitual. Quédate bien con el matiz de ‘vivienda habitual’. No podrás destinarla a una segunda residencia, sino que tendrás que destinarla exclusivamente al pago de la renta del alquiler de tu vivienda habitual y permanente. ¡Y demostrarlo!

 

Requisitos para acceder a las ayudas al alquiler del Plan de Vivienda 2022 2025

 

¡Toma nota!

  • Ser una persona física mayor de edad y tener menos de 35 años en el momento de solicitar la ayuda. ¡Si tienes 35 años, también vale!
  • Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de:
    • Arrendamiento de vivienda, como inquilino.
    • Cesión en uso, como cesionario.
    • Alquiler o cesión de uso de habitación, en calidad de arrendatario o cesionario.
  • Que la vivienda sea tu residencia habitual y permanente.
  • Las rentas anuales de todas las personas que residan en la vivienda objeto de la ayuda sean iguales o inferiores a 3 veces el IPREM (24.318,84€). ¡Ojo! Será 4 veces el IPREM para hijos de víctimas de violencia de género y de 5 veces el IPREM para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • La renta mensual del alquiler no puede ser superior a 600€, ampliable a 900€ por la Comunidad Autónoma. ¡Si sólo tienes alquilada o cedido el uso de una habitación, la renta no podrá exceder de 300€ al mes, o 450€ si la Comunidad lo justifica!

 

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Ayudas a personas vulnerables

 

El nuevo plan estatal de vivienda entiende por ‘personas vulnerables’ las víctimas de violencia de género, las personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, las personas sin hogar y otras que considera especialmente vulnerables. ¡También vale para el caso de vulnerabilidad sobrevenida!

En estos casos, la ayuda consistirá en una ayuda directa de hasta el 100% de la renta del alquiler y de los gastos de suministros y comunidad, durante un plazo de 5 años.

¡Ojo! El límite está en 600 euros al mes de la renta del alquiler (en algunos supuestos asciende a 900€) y a 200 euros al mes de los gastos de suministro.

 

Ayudas a inquilinos en situación de vulnerabilidad sobrevenida

 

Por ‘vulnerabilidad sobrevenida’ se entiende, viviendo de alquiler en tu piso actual, se produce un hecho que te convierte en una persona vulnerable. Por ejemplo, pierdes el empleo, te reconocen una incapacidad o te conviertes en víctima de violencia de género.

En estos casos, tendrás derecho -durante el tiempo que dure la vulnerabilidad sobrevenida y hasta un máximo de dos años– a una ayuda al alquiler de tu vivienda habitual de hasta 900€ al mes.

El límite será el 100% de tu renta mensual del alquiler. Es decir, si tu renta del alquiler es de 500€ al mes, eso será lo que recibirás de ayuda.

Como te puedes imaginar, tienes que cumplir cada uno de los siguientes requisitos:

  • Tu situación de vulnerabilidad sobrevenida debe haber acontecido dentro de los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda.
  • La vivienda debe ser tu domicilio habitual y permanente mientras dure la ayuda.
  • Los ingresos anuales de la unidad de convivencia antes de la vulnerabilidad sobrevenida deben ser iguales o inferiores a 5 veces el IPREM (40.531,4€). ¡Puede llegar hasta 6 veces el IPREM en casos de familias numerosas especiales o personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%!
  • Los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia han debido reducirse en más de un 20% con la vulnerabilidad sobrevenida y deben destinar más del 30% de sus ingresos a hacer frente a la renta del alquiler.

 

Seguro de impago del alquiler

 

Otra de las ayudas al alquiler que recoge el plan estatal de vivienda 2022 es el pago de un seguro de protección de la renta del alquiler. Esto significa que la ayuda pública consiste en pagar un seguro que cubra al casero en caso de que su inquilino no pueda pagar la renta del alquiler.

Para recibir esta ayuda da igual si eres el casero o el inquilino. ¡Ojo! El inquilino debe cumplir los requisitos para las ayudas al alquiler de la vivienda habitual.

El tomador del seguro podrá ser tanto el arrendador como la Comunidad Autónoma y el importe mínimo asegurado será la renta anual del alquiler, restándole, en su caso, la ayuda al alquiler anual que se le hubiera reconocido al inquilino en su caso.

Y la cuantía de la ayuda será hasta el 5% de la renta anual del alquiler, restándole igualmente la ayuda al alquiler anual que se le hubiera reconocido al inquilino, si así hubiera sido. ¡Ojo! La ayuda nunca podrá ser superior al coste del seguro.

Por último, debes saber que esta ayuda se concede por un plazo de un año, aunque se puede ampliar posteriormente en años sucesivos mientras el plan estatal de vivienda 2022 esté vigente.

 

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Ayudas a la compra de viviendas

 

El Plan Estatal de Vivienda también reconocer una serie de ayudas para la compra de vivienda por parte de los jóvenes.

Estas ayudas van dirigidas a la adquisición de una vivienda en un entorno rural. La cuantía de la ayuda será de hasta 10.800€ por vivienda, aunque el límite será del 20% de su coste de adquisición.

Si fuera más de una persona la que adquiriera la misma vivienda, la ayuda que reciba cada propietario se determinará aplicando el importe de cuota adquirida al importe que correspondería a la adquisición del 100% de la vivienda.

El plazo para solicitar esta ayuda será de tres meses de la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda. Deberás aportar la escritura pública o el contrato privado de compraventa que acredite la adquisición de la vivienda.

 

Requisitos para acceder a las ayudas a la compra del Plan de Vivienda 2022 2025

 

¡Es necesario que los cumplas todos!

  • Haber suscrito a partir del 1 de enero de 2022 o estar en condiciones de suscribir un contrato público o privado de adquisición de vivienda localizada en un municipio o núcleo de población de tamaño pequeño. ¡Puede tratarse de viviendas a edificar!
  • Ser mayor de edad, pero menor de 35 años (incluida esta edad) en el momento de solicitar esta ayuda o de suscribir el contrato de adquisición o compraventa de la vivienda.
  • La vivienda debe destinarse a la residencia habitual o permanente por un plazo mínimo de cinco años desde su adquisición o desde la entrega efectiva de la vivienda por parte del beneficiario de la ayuda. ¡Este plazo puede ser inferior si te tienes que cambiar de domicilio por motivos laborales o cuando se venda y se destine el dinero a la compra de otra vivienda habitual y permanente!
  • Además, la vivienda debe ser ocupada en un plazo máximo de tres meses desde su entrega por la entidad vendedora.
  • El precio de adquisición de la vivienda debe ser igual o inferior a 120.000€.
  • Las rentas anuales de todas las personas que residan en la vivienda objeto de la ayuda sean iguales o inferiores a 3 veces el IPREM (24.318,84€). ¡Ojo! Será 4 veces el IPREM para personas con discapacidad y de 5 veces el IPREM para personas con las siguientes discapacidades: parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual o del desarrollo, siempre que se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. También será d 5 veces el IPREM para personas con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 33%.

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